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Regimen político e institucional
El régimen político constitucional del Principado de Andorra es un Coprincipado Parlamentario. Lo que significa que el Principado de Andorra, Estado de derecho, reconocido en el plan internacional, está gobernado por un Parlamento (“Consell de les Valls”), un Gobierno, además de dos Copríncipes que son ambos y de manera indivisa los jefes de Estado del Principado de Andorra. A título explicativo de está figura emblemática, específica e histórica que caracteriza el régimen institucional del Principado de Andorra, les reproducimos a continuación in-extenso el artículo 43.2 y 44.1 de la Constitución del Principado de Andorra adoptada el 14 de marzo de 1993. Artículo 43.2 : “Los Coprínceps (Copríncipes), institución procedente de los Pareatges y de la evolución histórica, son, a título personal y exclusivo, el Obispo de Urgel y el Presidente de la República Francesa. Sus poderes, que proceden de la presente Constitución son iguales. Cada uno de ellos juran o prometen ejercer sus funciones conforme a la presente Constitución.” Artículo 44.1 : “Los Coprínceps (Copríncipes) son el símbolo y la garantía de la permanencia y de la continuidad de Andorra así como de su independencia y del mantenimiento del espíritu tradicional de paridad y de equilibrio en las relaciones con los Estados vecinos. Manifiestan el acuerdo del Estado andorrano en sus compromisos internacionales, conforme a las disposiciones de la presente Constitución.” En el plan internacional el Principado de Andorra es miembro de la ONU desde 1993 y miembro del Consejo de Europa desde 1994. En materia de intercambios comerciales, el Principado de Andorra es signatario desde junio de 1990 con la Comunidad Europea de un Acuerdo de unión aduanera parcial, entrado en vigor durante el mes de julio de 1991. © CSA, Abogados en el Principado de Andorra Estado |